«qual no·se pueda apellar fuero alguno de falsedat o nullidat. Et si contecia en algun tiempo vos dicto don Johan Martinez o los vuestros perder la dicta mitat de·los dictos campos e cassas o partida alguna de aquellos de partes de suso mencionados e quitar a·vos o a·los vuestros qualquiere millyora que por vos e los vuestros y fuessen e seran puestos prometo conuiengo e me obligo dar vos otra mitat de otros tantos campos e cassas»