«vuestras casas o patios prejudicio alguno no sea engendrado a·las dichas vuestras casas o patios nj algunos d·ellos ni mayor derecho a la dicha ciudat sea adqujrido por hauer jncorporado aquella dentro de vuestras casas o por hauer fecho paso o puertas pora entrar et sallir ad·aquellas o a·los dichos patios sino el derecho tan solament que en virtud del jngreso et regreso por·el present contracto la dicha ciudat ha et tiene en et sobre la»