«e todos los otros que han juridiçion e exerçiçio tenporalmente. O que han de regir conpañas o familia. Cada vno de aquestos tiene prinçipado en su familia e manera. E so el estado de perlado entiendo papa cardenales patriarchas. Primados arçobispos e obispos. Abades priores maestros de ordenes. Vicarios rectores ofiçiales ministros guardianes mayorales. E todos los otros que an exerçiçio e jurediçion eclesiastica. O han de regir subditos por eclesiasticas leyes .»