«los singulares de aquel los ditos quatrozientos sueldos dineros jaqueses censales que a·nosotros serian pagaderos el vinteseyseno dia del mes de abril primero vinjent et de alli adenant en cadaun anyo en·el dito o semblant dia con todas las penas salarios de procuradores ostages et otras obligaciones en·el dito contracto del dito censal desuso mencionado et en otros qualesqujere contractos et scripturas por·el dito censal fazientes designados e contenjdos designadas et contenjdas et el precio propiedat siquiere»