«caso sia encorrido el tal jodio o jodia en pena de .cc. sueldos por cada vegada la meytat pora el senyor rey la otra meytat para el gabellador e·pueda executar el gabellador por la dita pena o prender la persona pero no vender fasta seyer conocido de justicia por el comjsario o por su lugartenient. § Capitol de prender mesura del bedim. § Item ordena la aliama que el gabellador sia tenido toda ora que querra abrir vino de prender»