«cerqua de aquellas sera atorgado renunciado confesado acceptado dicho fecho et procurado bien asi como si por nos dichos constituyentes en·los nombres qui desuso e·por·los dichos concellos aliamas e vniuersidades e singulares de·aquellos e·cadauno d·ellos personalment aquello fuese fecho. E seyer a·drecho e·pagar lo juzgado con todas sus clausulas dius obligacion de todos los bienes del principal de·mi dicha dona Beatriz et de nosotros suso nombrados e·de cadauno de nos»