«voluntat la qual el y no otro veya. § Item le direys que doliendo nos mucho del danyo jnfferido en la persona del sobredicho mossen Gilabert Çalban nuestro alguazil el qual por ser tan gran e de tal specie no seria possible poder se emendar ni satisfer. Pero considerado que el dicho danyo que el ha recebido ceuilmente es stimable e por razon e justicia deue ser pagado e satisfecho por las dichas delinquientes. Por tanto nos parece qu·el»