«aver verdadera contricion e pesar de·los pecados: con proposito de non pecar dende en adelante. Tercero se require confession de·la boca: sus pecados enteramente confessando: a mesmo si redarguiendo: e a ningund otro si puede buenamente acusando. Quarto se require la satisfacion de·la obra o voluntad de satisfazer en caso en que non puede: las jniurias por el fechas emendando: las cosas tomadas e falladas restituyendo: e la penitencia»