«para que fuessen terceros entre ellos y los ygualassen. Y quando ni esso abastaua: escogieron juezes y comunes y publicos officiales que de voluntad y consentimiento de todos remediassen los inconuinientes: y a estos llamaron publicas potestades: y los mas a·la postre los llamaron reyes. Y escogidos d·esta manera los reyes: es cierto que touieron justo complido y lleno derecho para el reynar: quanto mas pues lo tengo yo:»