«dichas ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho dineros callareses y los dichos ochocientos sesenta vn ducado y medio de oro en oro o su valor por las causas e razones susodichas e restituyendo tan solamente traslado auctentico de·las presentes aquellas dichas quantidades vos reciban e admetan en cuenta sin fazer vos notamiento ni cargo alguno d·ellas como de aquellas queremos y es nuestra voluntad que no vos sea fecho algun cargo porque son para satisfazer a·los»