«e·si viuo no sera en·su heredero vniuersal et en·la dicha vendicion se haya a fazer mencion del dicho vinclo e sea tenido el dicho mossen Olzina dar transumptos autentiquos de·los dichos contractos et quede facultat por los presentes capitoles al dito mossen Joan Olzina o a sus herederos de poder luyr e quitar el dicho censal por precio de·los dichos vinte mil sueldos los quales en·caso de·la dicha luycion se hayan de esmerçar con·el»