«e todo lo que fallardes que a nos pertenece fazer contra los dichos juezes ecclesiasticos porneys por execucion mediante el dicho consejo y de todo nos auisareys porneys en esto toda diligencia y tractar lo eys como se requiere a tan principal official nuestro como vos soys de manera que por remission o descuydo el negocio no recibiesse menoscabo o alteracion alguna. Ca mucho nos parece cosa viciosa y ahun pecante en malicia la dicha dilegacion que los dichos ecclesiasticos»