«a nos que a otro para otra vez sereys mas preuisto y mas cauto de forma que antes de proceder a cosa alguna si otro tal caso acontecia nos consulteys y en el dicho negocio es nuestra voluntat libreys de·la prision so ydoneos fiadores a·los dichos arrendadores y los oyays en todo lo que dezir quisieren por·su deffension y scusacion de·las cosas que son acusados y colligido el processo que sobr·ello fareys embiar nos lo eys»