«pensiones del dito censal las horas deuient e restant a pagar o en aquel o aquellos los quales o las quales los ditos hostages se requeriran o demandaran tener viuo encara en·los salarios vuestros et del dito vuestro nuncio o procurador como encara en todos e cadaunos danyos missiones expensas salarios penas e menoscabos las horas conuenidos e testifficados en [...] a vos e a·los vuestros se haujessen a fazer e complir por razon del dito vuestro censal muerto»