«notarjo jnfrascripto hauient poder en la dicha procuracion a·las cosas jnfrascriptas et otras segun que a·mj notario jnfrascripto consta. En el dicho nombre loho et aprobo la sobredicha vendjcion et todas et cadaunas cosas en·ella contenjdas et prometo et me obljgo no contrauenir a aquella obligando los bjenes y rendas del dicho conuento mobles et sedjentes haujdos et por hauer en todo lugar. Feyto fue aquesto en·la ciudat de Çaragoça a vint dos y dias»