«y a vosotros rogamos y encargamos dipputeys fasta dos o tres personas. Y que todas juntamente conuengays en hun lugar continuamente fasta hauer visto apuntado y assentado por pluma que montan los cargos sobre la dicha ciudad cargados. Los quales deuen ser luydos y que montan las cosas de·las quales la dicha ciudad faze pie para la dicha luycion. Y que monta la dicha sisa con la contribucion de vosotros y eximidos los stranjeros ecclesiasticos. Y»