«otras qualesqujere prouisiones del senyor rey o de·la senyora reyna o de sus principes successores e de qualesqujere otros officiales reales o de qualqujere otro jutge d·aquell eclesiastico o seglar hauient poder de alongar las sobreditas cosas por las quales la paga e solucion del dito censal o todas las otras cosas sobreditas e infrascriptas o alguna d·ellas si no era por voluntat vuestra o de los vuestros en aquesto successores agora por la hora en los ditos»