«qual a tales actos y con tanta temeridat fechos se conuinia. E porque aquesta es cosa proprja nuestra vos encargamos si fast·aquj no hauran los dichos conseieros soltado las dichas barcas las fagays soltar e con toda promptitut embieys a Flix hun alguazir e deliure aquellas a jnstancia de nuestro procurador fiscal tome preso el bayle y officiales de Flix e contra ellos prociays y fagays proceyr por todas las vias que por justicia e constituciones de Cathalunya y»