«por caualleria quatro quartales de ceuada. Arnaldus del Calbo notarius. § Item solian pagar en·el lugar de Broto ciertos casales et heredades por caualleria diez quartales de trigo et once quartales de ceuada. Los quales casales et heredades son venidos a destruccion por que se cremaron et neguno no los quiere tener por ocasion de·la quema pero pagan cinquo sueldos de cena. Arnaldus del Calbo notarius. § Item los lugares de·la dita val fazen de cena real de absencia»