«todo lo sobredito que a·vos yo dito vendedor a·vos ditos compradores e a·los vuestros vendo a todos tiempos. E enquara que la sentencia sia dada por jnpertinencia del judge o por jnjurja de·la part o por qualquiere otra manera. Renuncio expressament e de cierta sciencia a·todo e·qualquiere dreyto fuero e obseruancia vso e·costumbre del regno dizientes que el comprador es tenjdo e deue denunciar la question de mala voz començada al vendedor»