«part del el dito Luis De·la Sierra es estado recorrido a·nos por nueua prouision la qual le hauemos denegada. Car conexemos que de su no drecho queria lo fiziessemos drecho o a·lo menos que fuesse dilatar la causa. E quanto necessario era hauemos confirmada la prouision del dito Johan Perez porque vos dezimos e mandamos que luego sea desempatxada por vosotros la justicia del dito Johan Perez. E no mas sia leuado por dilacion. Car en tal caso nos»