«nuestros denunciada a·nos o a·los nuestros la dita mala voz o no denunciada et tirar et remouer por vos los ditos jmpediment question et mala voz segunt que a·vos et a·los vuestros bien visto sera. Renunciantes quanto a·las sobreditas cosas a·qualesquiere fueros dreytos obseruanças et costumbres del regno dezientes qu·el comprador es tenjdo denunciar la mala voz al vendedor et que en otra manera no es tenjdo el vendedor de eujccion al comprador»