«muerte. Nota que quien non rescibe el corpus Cristi Cristi vna vez en·el año peca mortalmente: e esto se entiende: saluo si fuere del consejo del superior o de licencia de su confessor. § Capitulo .xiij. En que manera es de fazer la confession. § El que se deue confessar primeramente deue pensar los pecados que fizo contra el proximo e hermano: e de todos se deue confessar: e ningunos pecados dexe por confessar si»