«y crudas sentencias que dar se podian establecio vna ley: que defendia que sentencia de muerte nunca por el principe dar se podiesse fasta primero passar treynta dias de acuerdo: para en esse medio reconocer y mirar sobre la razon y causa de·la sentencia. Y assi en Aragon tenemos remedio para templar y medir la saña del principe o por sy mismo alterado o por engaño ageno siniestramente y no deuida informado: y para dar y»