«comunjdat de·las ditas aldeas fueron obligados al dito vispo en nombre nuestro e de nuestra cort. Porque como nos porque esguart de·los grandes e notables seruicios qu·el dito mossen Johan ha feytos a nos e nuestra corona reyal e faze continuament hayamos muyto a coraçon que los ditos tres mil e cincientos florines le sian pagados no contrastant las obligacion e empara dessuso ditas. Por lo qual el nuestro procurador fiscal jnsta delant del del justicia»