«la dita peyta ordinaria et los ditos cient sueldos annuales que de peyta por razon del dito lugar clamado las Torres de Miramont se pagan por la dita villya. Et a otra part los ditos dozientos sueldos annuales de·la dita cena real car en las ditas aplicaciones et incorporaciones feytas de·las sobreditas rendas reales es seydo reseruado su dreyto al dito Franci d·Urries si alguno li pertenece quanto a·los huycientos sueldos annuales et rendales. Empero de·los ditos sueldos»