«dito almodi et del peso real. Los quales dreytos et rendas se cullen et lieuan en la dita ciudat por la forma antigament acostumbrada. Et fueron por los ditos judges et inuestigadores aplicados et incorporados en el dito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item el dreyto de·las ditas alfaceras del dito almodi solia tener Garcia Felicia clerigo. Et en el processo leuado et actitado denant los ditos judges entr·el procurador fiscal del dito senyor rey de·»