«la dita villya el peage antigo con sus dreytos et rendas el qual arrienda el bayle de·la dita villya en nombre del senyor rey cascun anyo. Et fue aplicado et incorporado por los ditos judges en el dito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item ha el senyor rey en la dita villya la scriuania del justiciado la qual con sus dreytos fue aplicada et incorporada por los ditos judges en el dito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. §»