«quien por la dicha razon sere conuenjdo. Et renuncio en lo sobredicho a dja de acuerdo et diez dias para cartas cercar et a todas et cadaunas otras excepciones dilaciones beneficios et defensiones de fuero drecho vso et costumbre del regno de Aragon a·las sobredichas cosas o alguna d·ellas repugnantes. Et nos dicho don fray Pedro d·Enbun abbat sobredicho como procurador quj so del conuento del dicho monesterio constituydo con carta publica de procuracion fecha en el dicho»