«et sedientes hauidos et por hauer en·todo lugar. Et en especial sobre las casas heredades et censales que aduze en·ayuda del dito su·matrimonio la·qual dita firma sia tenido fazer validament et segura con·aquellas obligaciones et renunciaciones que en·semblantes firmas son acostumbradas. Item es concordado que en·caso de disolucion del dito matrimonio el sobreviuient de·los ditos Pedro et Beatriz no pueda tener ni tenga viudedat en·los bienes del premorient ante muerto»