«infante doña Maria primogenita y heredera propietaria del reyno: y por el derecho del padre que hauia tan sin contienda reynado cuya successora legitima y heredera vniuersal ella era: y por la concession apostolica salida de la corte de Roma por voluntad y consentimiento libre del padre santo Gregorio septimo que de nueuo y de gracia especial le enuistia el reyno y justicia de aquel con todas las clausulas y circunstancias cumplideras para la possession y derecho de aquel»