«alegamjento que tiene al dicho serujçio et deue ser los primeros de·los que se crian para esto en·la corte commo dixe en·el capitulo trezeno: asy el abto del cortar por estos conplido sea el vno en dias señalados el otro cada dia: distinga·los la discreçion rreal en·la colaçion de sus grados de tal manera que el de·mas valia mejor alcançe grado e los otros a el sigientes asy distribuydos que deuen ser contentos»