«cincientos sueldos censales et annuales. En las quales vendiciones los del dito consellyo hauian obligados todos sus bienes et de cadauno d·ellyos et del dito concellyo et los precios de aquellyos hauian seydo recebidos por·el trasorero del dito senyor rey pora suplir a ciertas necessidades del dito senyor rey. Et porque en el present anyo de·la natiuitat de nuestro senyor Jhesuchristo .m.cccc.xvij. por los quitadores del dito patrimonio real son seydos quitados luydos et redemidos los»