«segunt la tenor del fuero sobre aquesto ordenado. E si dentro el dito termjno pariente quj las ditas casas quiera no se trobara a·la dita Beatriz fagays pagar el precio de aquellas. E en aquesto no haya falta si nos deseays complazer e seruir. Dada en el nuestro campo cerca de Tocco a .xv. dias del mes de setiembre del anyo mil .cccc.xxxxij. Rex Alfonsus. Dominus rex mandauit mihi Johannj Olzina. § Al amado consellero nuestro mossen Johan de Moncayo gouernador»