«el la recuperacion de·la dicha villa en virtut de·las treguas firmadas. Y nos hauemos algunos dias entendido en la cort se prouehisse en la paga de ciertos caualleros nuestros qui stuujeron en Perpinyan qui se han leuantado porque si·no eran pagados d·ello no se siguiesse algun jnconuiniente en special a causa de·la toma de·la dicha villa e que se prouihesse de alguna defension pora cobrar aquella pues los dichos conde e castellan haujan scripto»