«la propriedat e principal suert de·aquellos en todo o en part que en·los dichos casos e·qualquiere d·ellos vos dicho comprador o·los vuestros en aquesto succesores o otri por vos o por ellos por vuestra propria auctoridat sines licencia et pena alguna e·no fecha liquidacion alguna por virtut de·la present vendicion siquiere carta de·aquella vos podays si visto vos sera occupar e·tomar los dichos castillos villa de Pina e·lugares de Torres de Barbues Barbues»