«nos pueda seyer feyta et se faga exsecucion et compulsa en nuestros bienes et de cadauno de nos por si et por el todo et de·las ditas aliamas siquiere vniuersidades et de qualquiere d·ellas por si e de·los singulares de aquellas et de cadauna o qualquiere d·ellas por si por qualquiere porteros vergeros et otra persona qualquiere que por·la dita razon jnujado hi sera. Et renunciamos a·la ley contenjent que no vale pacto feyto»