«la cancellar dentro el termino designado en la dita sentencia segum por el dito capitol al qual me refiero. Item digo respongo a quanto dizen que no era nessessario que aun que ellos no abian a mirar a la nessessidat sino a conplir lo que eran tenidos fazer. Pero con todo digo e respongo que era e es nessessario por razon que agora quando yo quiero alguna cosa vender de las cosas contenidas en la dita donacion o trasportacion»