«no atorgar sobr·ello prouision alguna que sea en derogacion de·los de nuestras reales preheminencias. Con todo porque mas consultamente vos podamos dezir sobr·ello nuestro parecer hauemos mandado ver en nuestro consejo lo que vos nos haueys scrito sobr·el dicho caso y del parecer y determinacion que sobr·ello se tomara vos mandaremos screuir. § Que entandays en fazer lo que vos houimos scrito y mandado por las cartas que os leuaron mossen Gralla y Pere Torrent nos»