«no renunciaremos. Et nos obligamos a·los ditos procuradores nuestros et de las ditas aliamas siquiere vniuersidades de los ditos villa et lugar et de·los singulares de aquellas et de cadauno o qualquiere d·ellos por si o al substituydo o substituydos d·ellos releuar los de toda carga de satisfer et a·drecho star et lo pagado pagar. Feyto fue aquesto quanto al dito noble e senyor adelantados e toda la aljama de judios de la sobredita»