«caso que conteciese nos ditos vendedores o los nuestros o vos ditos compradores o los a·vos en·aquesto successores seyer vencidos de·los ditos pleyto quistion empacho e mala voz de manera que hauiessedes a·perder los dichos trenta cinco sueldos de trehudo perpetuo directa señoria e otros drechos de·aquellos que nos a vos vendemos en·qualquiere manera siquiere prossiguiessedes aquellos vos dichos compradores o los a·vos en·aquesto successores o nos dichos vendedores o los successores nuestros»