«dito almodi. El qual dreyto en·la causa que dauant los ditos judges pendia et fue leuada entre·l procurador fiscal del senyor rey de·la una part et los officiales et hombres de·las ditas villya et aldeas o su procurador de·la otra en et sobre·l dito dreyto de leuar et exhigir los ditos dreytos de coçuelos fue por los ditos judges aplicado et incorporado en·el dito patrimonjo real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item fue aplicado»