«otros granos que venderan en·el dito almodj. El qual dreyto en·la causa que dauant los ditos judges fue leuada entre·l dito procurador fischal de·la una part et los officiales et hombres de·la dita villya o su procurador de·la otra en et sobre·l dito dreyto de exhigir et leuar los ditos dreytos de coçuelos fue por los ditos judges aplicado et incorporado en·el dito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. § Notarius. § Rendas»