«casos muy prouechosos cerca de·la absolucion. § Dubda se si el mudo o sordo o tartamudo o çaçabilloso se puede absoluer por señales o por escripturas faziendo o presentando al confessor. E responde se que pueden ser absueltos en tal que en qual quier manera conste e parezca de su contricion e arrepentimiento d·ellos. Demanda se si el estrangero que se confiessa en su lenguaje al sacerdote que non lo entiende: si puede d·el ser»