«gente en todo fecho, deue ser menbrado de tres cosas: la primera, que el es vno e ha poder sobre muchos; la segunda, que aquellos sobre quien ha poder son francos e non obligados; la terçia, que señoria deue durar tienpos çiertos e se deuen esplegar. Buen consejo de juez vale mas que testimonios justos. Sy el juez es falso non ay justiçia. A vegadas son las partes abogadas, e»