«absuelto de sus pecados. Pregunta se si el confessante del caso reseruado se puede absoluer del simple presbitero de aquel pecado. Respondo que si el tal es en·las partes remotas e apartadas de·la corte romana puede ser absuelto e deue le ser jmpuesto e mandado que se faga absoluer por el superior como e quando podra etcetera. § Aqui se acaba el confessionario breue a honor e reuerencia de Dios omnipotente padre e fijo e Spiritu Sancto»