«tomado en poder de·los del nuestro consejo de·la hermandad d·estos reynos de Castilla residientes en esta nuestra corte. Los quales dichos criminosos fareys traer como dicho es a sus costas e despesas sy bienes touieren si·non aca mandaremos se paguen de·la caxa e pecunjas de·la hermandat. Ca como qujer que alla sean presos queremos sean judgados e pugnjdos con justiçia aca donde cometieron el delito guardando vos atentamente de fazer nj permetir que»