«por todas cosas renunciamos encara que sian atorgadas por propio monimjento del atorgant a jnstancia de part e en qualquiere otra manera. E femos a·vos dito comprador et a·los vuestros en esto successores pacto et aujnencia de no vsar de aquellas nj de alguna d·ellas contra vos nj contra vuestros successores antes nos e cadauno de nos et a·las ditas aljamas siquiere vniuersidades e cadauno o qualquiere de nos por si passamos e metemos a·nos»