«de vos en·el dicho censal e·no por otra persona vna vegada e·muchas e·tantas quantas a·vos e a·los vuestros sera bien visto necesario haunque sea ya estado sacado en forma publica a·todo prouecho beneficio e vtilidat de vos dicho comprador e de·los dichos vuestros succesores con todas las clausulas que a·los dichos letrado o letrados seran vistas e·les pareçera ser necesarias pora mas libera recuperacion de·las pensiones annuas del dicho censal»