«nos obligamos no reuocar los ditos procuradores sindicos et actores nuestros por nosotros desuso constituydos o los substituyderos de aquellos et caso que los reuocassemos queremos que la dicha reuocacion sia hauida por nueua constitucion et los dichos procuradores sindicos e actores nuestros et los substituydero o substituyderos d·ellos puedan vsar et vsen e puedan seyer et sian constreytos a vsar de·la dicha procuracion e poder por nosotros a·ellos dado en·la present procuracion no obstant la dicha»